Prensa Concejo Deliberante

Encargado de prensa: Diego Barbará

Últimas noticias

Sesión Ordinaria N°7

La campaña “Un corazón para Álvaro” es declarada de Interés Municipal

  • Se declara de Interés Municipal el Manual de Accesibilidad para Clubes Deportivos de Fundación Comparlante
  • El señor Juan Carlos Livraga fue declarado Huésped de Honor de la Ciudad de La Plata
  • Fue declarado de Interés Municipal el trabajo desarrollado por el Consejo Regional Indígena
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Mesa de Entradas y archivo

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Tareas

El Departamento Mesa de Entradas y Archivo del Concejo Deliberante es el encargado de recepcionar, caratular y controlar los movimientos de los Expedientes ingresados al Cuerpo para su tratamiento.

Expedientes

Estos pueden ser iniciados por el Departamento Ejecutivo, por los Concejales, por Organismos Oficiales o por particulares que quieran acercar sus inquietudes al Concejo Deliberante.

Oficinas

La Oficina se encuentra ubicada en el Primer Piso del Palacio Municipal, ala de calle 53.
Jefe de Departamento Mesa de Estradas y Archivo: Sr. Hugo A. Santilli.
Teléfono: (0221) 429-1000 Interno 726


Autoridades del Concejo Deliberante

Integra el Bloque Juntos por el Cambio

Dario Ganduglia

Presidente Del Concejo Deliberante

Integra el Bloque Juntos por el Cambio

Romina Marascio

Vicepresidenta 1° del Cuerpo

Integra el Bloque Frente de Todos

Juan Manuel Granillo

Vicepresidente 2° del Cuerpo


Romina Morani

Secretaria Legislativa


Nelida Jaca

Secretaria Administrativa



Bloques Políticos

El Concejo Deliberante de La Plata está integrado por 24 Concejales / Concejalas, distribuídos en 2 Bloques Políticos

Diego Rovella

Presidente Bloque Juntos por el Cambio

Este Bloque Político está integrado por 14 Concejales/Concejalas

Yanina Lamberti

Presidenta Bloque Frente de Todos

Este Bloque Político está integrado por 10 Concejales/Concejalas


Institucional

Reglamento Interno de Cuerpo

El Reglamento rige la Administración Interna, la actividad legislativa y el desenvolvimiento de las Sesiones del Concejo Deliberante, de acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, a la que reglamenta en su ámbito de aplicación.

Protocolo de actuaciones ante denuncias de Acoso Sexual y/o Violencia de Género

El Concejo Deliberante sancionó el Decreto 295/19 por el cuál se aprueba el texto del “Protocolo de actuaciones ante denuncias de Acoso Sexual y/o Violencia de Género” del Concejo Deliberante de La Plata y sus Anexos.


Ilustres Platenses - Historia del Cuerpo

Ciudadanos Ilustres

Se declaró Ciudadana Ilustre a la destacada fotografa Helen Zout.

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Mujeres Destacadas

El concejo deliberante rindió homenaje a once mujeres destacadas de la ciudad en conmemoración del Día Internacional de la Mujer.

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Historia del Cuerpo

Historia del Concejo Deliberante desde sus incios.

Ver historia del Cuerpo...

Preguntas frecuentes

  • En el Palacio Municipal, ubicado en la calle 12 e/ 51 y 53, en un lugar privilegiado por su belleza, ya que está justo al frente a la Catedral de La Plata, cruzando la Plaza Moreno, en punto medio se encuentra el Centro Geográfico de la Ciudad de La Plata.

  • El Concejo se compone veinticuatro (24) concejales (Artículo 284° de la Ley Orgánica de las Municipalidades), elegidos por el voto popular, por un período de cuatro (4) años, y se renueva por mitades cada dos años y podrán ser reelectos..

    Estos concejales eligen entre sus pares sus autoridades (Presidente, Vicepresidente 1° y Vicepresidente 2°), y a propuesta de los distintos Bloque Políticos los dos Secretarios el Legislativo y el Administrativo.

  • Un concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevando al Departamento Ejecutivo, proyectos y propuestas para que éste los haga cumplir. Se ocupa de las obras públicas, servicios, cultura, educación, .sanidad, asistencia social, seguridad, moralidad, protección ambiental, fomento, conservación y demás estimaciones encuadradas en su competencia constitucional que coordinen con las atribuciones provinciales y nacionales.

    Entre sus obligaciones podemos citar:

    1º Asistir a todas las Sesiones desde el día que queden incorporados. En caso de ausencia deberán ponerlo en conocimiento por escrito al Presidente.

    2º Integrar y concurrir a las reuniones de Comisión.

    3º Presentar su declaración de bienes de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes.

    4º Cumplir con las demás disposiciones del presente Reglamento.

    ¿Cómo funciona el Concejo Deliberante?

    Los concejales se convocan a través de sesiones, además de las reuniones de comisión que cada una de ésta propone.

  • Es una reunión de concejales conducida por uno de ellos, electo como presidente, durante la cual se tratan asuntos de incumbencia del Concejo, de acuerdo a lo establecido en el Sumario de los Expedientes ingresados al Cuerpo, y al denominado Orden del Día, formado por los despachos de las distintas comisiones de Trabajo, votándose las decisiones.

  • Las sesiones pueden ser:


    ORDINARIAS: son las sesiones que se realizan una vez por Semana en día y hora fijado en la Sesión Preparatoria. Se denomina "período ordinario" al que transcurre de abril a diciembre de cada año.


    EXTRAORDINARIAS: son las sesiones que se convocan fuera del calendario de sesiones ordinarias, ya sea por propia iniciativa o solicitadas por el Departamento Ejecutivo.


    PREPARATORIAS: son las que se desarrollan cuando se renuevan parcialmente los concejales.


    DE PRORROGA: Las Sesiones de Prórroga se realizarán en la misma forma que las Ordinarias, con la misma periodicidad y numerándose correlativamente con aquellas.


    ESPECIALES: se convocarán cuando así lo decida el Cuerpo, por propia determinación o en los casos fijados por la Ley Orgánica.


    Si la petición se hiciera fuera de Sesión, será dirigida por escrito al Presidente, con la firma de cinco (5) Concejales, debiendo éste citar al Cuerpo dentro de un plazo que no excederá de cinco (5) días.

    En todos los casos, deberá fijarse expresamente el objetivo de la Sesión.

  • Sí, excepto cuando la mayoría resuelve que sean secretas por requerirlo los asuntos a tratar. Los particulares pueden presenciar las Sesiones del Cuerpo ubicados en la barra que se encuentra en el Recinto.

  • Es el número mínimo de concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal es necesaria la presencia de más de la mitad del número de concejales integrantes del cuerpo.

  • La oficina Diario de Sesiones del Concejo tiene la misión de transcribir todo lo que se dice en las sesiones: debates, nómina de todos los asuntos que tienen entrada al cuerpo mediante expedientes, la transcripción de los proyectos con los nombres de los respectivos autores, etc.

    Las versiones desgrabadas, una vez visadas por los distintos bloques, son aprobadas y firmadas por el Presidente y el Secretario del Concejo, De este modo, se constituyen en Actas de las Sesiones del Cuerpo.

    El Diario de Sesiones está formado, por lo tanto, una recopilación de todas las actas aprobadas en las sesiones del Concejo Deliberante.

  • En una sala especialmente equipada para tal fin, denominada "Sala de Sesiones del Concejo Municipal" o recinto, y está ubicada en la planta baja del Palacio Municipal, calle 12 e/ 51 y 53.

  • Los proyectos y solicitudes pueden ser de las siguientes formas:
    Ordenanza
    Decreto
    Resolución
    Comunicación

    Tienen forma de Ordenanza aquellos proyectos que dispongan la creación, modificación o derogación de normas de carácter general, cuyo cumplimiento competa al Departamento Ejecutivo y/o a los particulares.

    Se presenta en forma de proyecto de Decreto, toda proposición que tenga por objeto normas para el funcionamiento interno del Concejo, las autorizaciones y acuerdos que el Cuerpo preste a actos del Departamento Ejecutivo de acuerdo a las prescripciones legales.

    En especial se aprobarán en forma de Decreto, las solicitudes de informe o de concurrencia del Departamento Ejecutivo y los trámites reglamentados por el CAPITULO X, apartados I y II de la Ley Orgánica.

    Las Resoluciones y Comunicaciones no pueden tener sentido imperativo, a través de ellas el Concejo puede dirigirse directamente a los Poderes y Organismos estatales cuando las mismas tengan por objeto solicitar el normal cumplimiento de los servicios o funciones a cargo de estos últimos, cuando ejerza en general el derecho constitucional de peticionar, cuando las Resoluciones o Comunicaciones tengan por objeto solicitar de los Organos Provinciales o Nacionales y en especial de las Empresas Estatales, la creación de nuevos servicios o la aplicación de los ya existentes, el Concejo debe dirijirse al Departamento Ejecutivo, a efectos de que éste realice las gestiones pertinentes.

  • Sí, los particulares pueden realizar presentaciones ante el Concejo Deliberante, presentando las mismas a traves de nota dirigida al Señor Presidente del Concejo Deliberante, en la Mesa de Entradas, ubicada en el Primer Piso del Palacio Municipal (ala calle 53).